PREFÁCIO
Buena parte del presente libro la ocupan trabajos periodísticos de su autor. En ellos desfilan sus enfoques sobre los problemas emergentes de conflictos y decisiones judiciales y políticas de Bahia. En otros se esbozan los recuerdos y homenajes a personas que honraron la vida jurídica de la ciudad y del Estado. Puede afirmarse que el lector tiene en sus manos una visión de la historia regional escrita desde la perspectiva del penalista, lo que, por cierto, no es poco.
El Catedrático de derecho penal sube a la tribuna pública para explicar a sus conciudadanos sus puntos de vista, a tomar partido y a recordarles sus próceres y héroes. Es una actitud propia del siglo XIX y será la debida en el XXI, pero no fue la del que en breve termina. La actitud dominante entre los penalistas de este siglo fue la opacidad pública, cierto ocultamiento detrás de un arsenal tecnológico, un discurso que hizo del saber penal un coto para iniciados. La justicia penal del siglo XX fue como la misa preconciliar: en lengua extraña y de espaldas al pueblo.
El siglo XIX había sido diferente: los penalistas eran políticos, hombres públicos, debatían en los periódicos, tomaban posición frente a los grandes problemas de su tiempo, mostraban su carácter en los formidables debates de la época. El intercambio de funciones (políticas, doctrinarias y judiciales) fue la tónica del siglo XIX. En el siglo XX la creación de segmentos especializados aislados puso en compartimento al discurso jurídico y, con ello, dejó el campo periodístico librado a los malos "curanderos" del derecho, a demagogos oportunistas y a políticos que se plegaron a ellos ante la total ignorancia de problemas complejos a los que no supieron responder. El resultado fue el deterioro de los sistemas penales, su insoportable selectividad, su violencia, su corrupción y su ineficacia.
El Prof. Dr. SÉRGIO HABIB muestra aqui el camino correcto, el que el penalismo deberá asumir en la sociedad de comunicación del Siglo XXI. La llamada "globalización"; que no es más que un tercer momento de poder mundial (colonialismo con la revolución mercantil, neocolonialismo con la industrial y globalización con la tecnológica), encierra su contradicción - como las tuvieron los precedentes - y consiste precisamente en que su dinámica impulsa la democratización y pluralización de la información. El penalista que conciba su tarea como limitadora del poder del sistema penal, que revalore la función positiva de contención de una potencia punitiva que de otro modo arrasará con el estado de derecho, deberá dirigerse a la ciudadanía y revertir la actitud sectaria y casi corporativa del siglo XX.
La mayor parte de este libro es testimonio de esa actitud de avanzada.
Solo una cordial invitación le formulo al autor: es sobre estas relaciones del siglo XIX con el XXI. En un sentido, puede afirmarse que nuestro drama es tener que enfrentar los fenómenos del siglo XXI con categorías del siglo XIX, pero en outro, bueno es tener cuidado de las trampas de las que parecieron ser categorías innovadoras, del siglo XX, cuando no eran más que retrógradas. Con esta última advertência, creo que es necesario calar más hondo en lo sucedido con el código penal de 1890. No me parece que el código penal de la República haya sido tan malo. Tenia defectos técnicos, es verdad, pero las críticas estaban muchas veces teñidas de positivismo racista. Muchos de sus críticos podrían reflejarse en el personaje del profesor de medicina legal satirizado por Jorge Amado: le criticaron su virtud. No podían celebrar un código no positivista en el clima del positivismo. El código de 1890, en su aspecto ideológico, fue una rara avis liberal nacida en medio del positivismo biologista.
Mirando desde fuera, estimo que aún no se le ha hecho justicia a ese documento del siglo XIX. Me tomo la liberdad de expresar que el pensamiento penetrante y humanista del Prof. Dr. SÉRGIO HABIB es indicado para esta, quizá materia de un próximo libro, tan apasionante como el presente.
Eugenio Raúl Zaffaroni
Departamento de Derecho Penal y Criminologia
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
Universidad de Buenos Aires
Agosto, 18 de 1997.
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